Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/695
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
695

Artículo 695 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres abogado de alguien o representas a una persona en un juicio, puedes comprobar que tienes permiso para hacerlo de manera sencilla. Solo tienes que llevar una copia simple (fotocopia) del documento que te da ese permiso y mostrarla junto con el documento original. El juez o la autoridad revisará que la copia sea igual al original, te devolverá el documento original y se quedará con la copia ya sellada o certificada en el expediente del caso. Así no pierdes tus papeles importantes y queda constancia de que sí puedes participar en ese juicio.

Texto oficial

Artículo 695.- Los representantes o apoderados podrán acreditar su personalidad conforme a los lineamientos anteriores, en cada uno de los juicios en que comparezcan, exhibiendo copia simple fotostática para su cotejo con el documento original o certificado por autoridad, el cual les será devuelto de inmediato, quedando en autos la copia debidamente certificada. Artículo reformado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 311) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.