- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 709-I
Artículo 709-I de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que estás en un juicio y le pides al juez que se quite del caso porque crees que no es imparcial. Si el juez dice que tu petición no procede, te van a aplicar una multa. Esa multa se paga al fondo de apoyo para la justicia del tribunal que esté viendo el caso. El valor de la multa va de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (cada Unidad equivale a unos 108 pesos mexicanos en 2025), así que serían entre 10,800 y 54,000 pesos.
Texto oficial
Artículo 709-I.- Cuando se declare improcedente, se impondrá al recusante una multa a favor del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial que corresponda, la cual no será inferior a 100 ni mayor a 500 Unidades de Medida y Actualización. Artículo adicionado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.