- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 722
Artículo 722 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayas a declarar ante un juez, tú, tu abogado o cualquier otra persona tienen que prometer que van a decir la verdad. Si mienten, les pueden aplicar un castigo por mentirle a una autoridad. En el caso de los peritos en derecho (que son expertos legales que ayudan al juez), también tienen que prometer decir la verdad, pero no necesitan que les recuerden el castigo. Es como una regla para que todos hablen con la verdad en el juicio.
Texto oficial
Artículo 722.- Las declaraciones que rindan las partes, sus apoderados o cualquier persona ante el Tribunal, las harán bajo protesta de decir verdad y bajo apercibimiento de las penas en que incurren si declaran falsamente ante autoridad. Párrafo reformado DOF 01-05-2019 Las declaraciones de peritos en derecho, serán rendidas bajo protesta de decir verdad, sin que se requiera apercibimiento alguno. Artículo reformado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.