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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/730
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
730

Artículo 730 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si durante un juicio alguien desobedece una orden del tribunal y se le aplica un castigo (como una multa o un arresto), y esa falta también resulta ser un delito, el tribunal debe hacer un acta detallada de lo que pasó y enviarla al Ministerio Público (la fiscalía). Esto es para que el Ministerio Público investigue si ya cometió un delito y decida si debe procesar a esa persona por separado. En pocas palabras, el tribunal no se queda solo con el castigo interno del juicio, sino que avisa a las autoridades penales para que hagan lo que les toca.

Texto oficial

Artículo 730.- Cuando los hechos que motiven la imposición de una corrección disciplinaria, puedan constituir la comisión de un delito, el Tribunal levantará un acta circunstanciada y la turnará al Ministerio Público, para los efectos conducentes. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 321) ↗

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