- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 730
Artículo 730 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si durante un juicio alguien desobedece una orden del tribunal y se le aplica un castigo (como una multa o un arresto), y esa falta también resulta ser un delito, el tribunal debe hacer un acta detallada de lo que pasó y enviarla al Ministerio Público (la fiscalía). Esto es para que el Ministerio Público investigue si ya cometió un delito y decida si debe procesar a esa persona por separado. En pocas palabras, el tribunal no se queda solo con el castigo interno del juicio, sino que avisa a las autoridades penales para que hagan lo que les toca.
Texto oficial
Artículo 730.- Cuando los hechos que motiven la imposición de una corrección disciplinaria, puedan constituir la comisión de un delito, el Tribunal levantará un acta circunstanciada y la turnará al Ministerio Público, para los efectos conducentes. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019
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