- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 731
Artículo 731 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El juez puede usar ciertas herramientas para obligar a alguien a ir a una audiencia o cumplir una orden. Puede ponerte una multa de hasta 200 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es una referencia para calcular pagos), pero si eres trabajador, la multa no puede ser más de lo que ganas en un día. Si no haces caso, también te pueden llevar a la fuerza los policías o arrestarte hasta por 36 horas.
Texto oficial
Artículo 731.- El juez podrá emplear, cualquiera de los medios de apremio necesarios, para que las personas concurran a las audiencias en las que su presencia es indispensable o para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones. Párrafo reformado DOF 01-05-2019 Los medios de apremio que pueden emplearse son: I. Multa, que no podrá exceder de 200 veces la Unidad de Medida y Actualización en el momento en que se cometió el desacato. Tratándose de trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario de un día. Para los efectos de este artículo, no se considerará trabajadores a los apoderados ni a los funcionarios públicos que incumplan o sean omisos con un requerimiento u orden judicial. Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 II. Presentación de la persona con auxilio de la fuerza pública; y III. Arresto hasta por treinta y seis horas. Artículo reformado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.