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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/741
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
741

Artículo 741 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las notificaciones personales son avisos oficiales que te entregan directamente, como cuando un actuario judicial va a tu casa. Según este artículo, solo te las harán en la dirección que tú hayas dado en el juicio, y mientras no avises de un cambio, esa sigue siendo la dirección oficial. Si te llegan a notificar ahí, aunque ya no vivas o estés en otro lugar, el aviso cuenta como recibido legalmente. Así que si cambias de domicilio, debes informarlo por escrito al juzgado; de lo contrario, te arriesgas a que te notifiquen en tu casa vieja y te afecte el proceso.

Texto oficial

Artículo 741.- Las notificaciones personales se harán en el domicilio señalado en autos, hasta en tanto no se designe nueva casa o local para ello; y las que se realicen en estas condiciones, surtirán plenamente sus efectos. Artículo reformado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 324) ↗

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