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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
790

Artículo 790 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo funciona la prueba confesional en un juicio laboral, que es cuando una de las partes le hace preguntas a la otra sobre los hechos del caso. Las preguntas deben hacerse de forma oral y clara en la audiencia, sin llevar escritos. El juez puede rechazar las preguntas que no estén bien hechas y también puede hacer las suyas propias para aclarar los hechos. Si la persona que declara se niega a responder o da respuestas evasivas, el juez puede advertirle que, si sigue así, lo dará por confeso, es decir, aceptará como ciertos los hechos que le preguntan.

Texto oficial

Artículo 790.- En el desahogo de la prueba confesional se observarán las normas siguientes: I. Las preguntas y/o posiciones se formularán en forma oral en el momento de la audiencia mediante interrogatorio abierto, sin presentación de pliegos; deberán referirse a los hechos controvertidos en términos claros y precisos, que puedan ser entendidas sin dificultad, y cuyo fin sea esclarecer la verdad de los hechos; Fracción reformada DOF 01-05-2019 II. El juez, de oficio o a petición de parte, podrá desechar las preguntas que no cumplan con dichos requisitos, justificando su decisión; también podrá formular a los absolventes las preguntas que estime pertinentes, así como ordenarles que precisen o aclaren sus respuestas; Fe de erratas a la fracción DOF 30-01-1980. Reformada DOF 01-05-2019 III. El declarante bajo protesta de decir verdad, responderá por sí mismo, sin ser asistido por persona alguna. No podrá valerse de borrador de respuestas, pero se le permitirá que consulte notas o apuntes, si el juez resuelve que son necesarios para auxiliar su memoria; Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 IV. Se deroga. Fracción derogada DOF 01-05-2019 V. Se deroga. Fracción derogada DOF 01-05-2019 LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 338 de 457 VI. El declarante contestará las posiciones o preguntas que se le formulen, pudiendo agregar las explicaciones que juzgue convenientes o las que le pida el Tribunal; Fracción reformada DOF 01-05-2019 VII. Si el declarante se niega a responder o sus respuestas son evasivas, el Tribunal de oficio o a instancia de parte, lo apercibirá en el acto de tenerlo por confeso de los hechos que se le atribuyen si persiste en ello. Fracción reformada DOF 01-05-2019 Artículo reformado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 337) ↗

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