- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 793
Artículo 793 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un testigo que trabajaba contigo y declaraba sobre lo que tú hiciste ya no trabaja en la empresa, el juez te va a pedir que le des su domicilio para citarlo. Si no lo sabes, debes avisarle al tribunal antes de la audiencia de juicio para que ellos le pidan a la empresa el último domicilio que tengan de esa persona. Si el testigo dejó de trabajar ahí hace más de tres meses, entonces su declaración ya no se toma como de un compañero de trabajo, sino como la de un testigo normal. Si el testigo no se presenta el día y hora de la audiencia, el juez decide si su testimonio realmente sirve para aclarar el caso; y si ve que no es importante o que su ausencia retrasa el juicio sin razón, puede rechazar esa prueba.
Texto oficial
Artículo 793.- Cuando el declarante para hechos propios ya no labore para la empresa o establecimiento, previa comprobación del hecho, el oferente de la prueba será requerido para que proporcione el domicilio donde deba ser citado. En caso de que el oferente ignore el domicilio, lo hará del conocimiento del Tribunal antes de la fecha señalada para la celebración de la audiencia de Juicio en que se desahogue la prueba; el Tribunal podrá solicitar a la empresa que proporcione el último domicilio que tenga registrado de dicha persona. En el supuesto de que la persona a que se refiere este artículo haya dejado de prestar sus servicios a la empresa por un término mayor de tres meses, la prueba cambiará su naturaleza a testimonial. Si la persona citada no concurre el día y hora señalados, el juez valorará la pertinencia de la prueba en relación con los hechos controvertidos, pudiendo desecharla en caso de considerar que resulta irrelevante para esclarecerlos o la dificultad de su desahogo sea motivo del retraso injustificado del procedimiento. Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012, 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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