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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/799
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
799

Artículo 799 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez o autoridad necesita comparar o copiar un documento original y ese papel está en manos de alguien que no es parte del juicio, esa persona está obligada a mostrarlo. No importa que el documento no sea de su propiedad, simplemente debe prestarlo para que lo revisen. Si no lo hace, puede meterse en problemas por no cooperar con la autoridad.

Texto oficial

Artículo 799.- Si el documento original sobre el que deba practicarse el cotejo o compulsa se encuentra en poder de un tercero, éste estará obligado a exhibirlo. Artículo reformado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 339) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.