- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 799
Artículo 799 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un juez o autoridad necesita comparar o copiar un documento original y ese papel está en manos de alguien que no es parte del juicio, esa persona está obligada a mostrarlo. No importa que el documento no sea de su propiedad, simplemente debe prestarlo para que lo revisen. Si no lo hace, puede meterse en problemas por no cooperar con la autoridad.
Texto oficial
Artículo 799.- Si el documento original sobre el que deba practicarse el cotejo o compulsa se encuentra en poder de un tercero, éste estará obligado a exhibirlo. Artículo reformado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.