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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/807
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
807

Artículo 807 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se pueden verificar documentos importantes en un juicio laboral. Si el documento está en el mismo lugar donde se lleva el juicio, pero lo tiene la otra parte, una autoridad o alguien más, un funcionario del tribunal llamado actuario lo puede ir a cotejar (comparar para ver si es igual a una copia) a pedido tuyo. Si el documento está en otra ciudad, entonces se pide ayuda a la autoridad de allá mediante un exhorto (una petición oficial). Para que esto funcione, tú debes presentar una copia del documento en la audiencia donde ofreces tus pruebas.

Texto oficial

Artículo 807.- Los documentos existentes en el lugar donde se promueva el juicio, que se encuentren en poder de la contraparte, autoridades o terceros, serán objeto de cotejo o compulsa, a solicitud de la oferente, por conducto del actuario. Los documentos existentes en lugar distinto del de la residencia del Tribunal, que se encuentren en cualquiera de los supuestos mencionados en el párrafo anterior, se cotejarán o compulsarán a solicitud del oferente, mediante exhorto dirigido a la autoridad que corresponda. Párrafo reformado DOF 01-05-2019 LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 341 de 457 Para que proceda la compulsa o cotejo, deberá exhibirse en la audiencia de ofrecimiento de pruebas, copia del documento que por este medio deba ser perfeccionado. Artículo reformado DOF 04-01-1980

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 340) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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