- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 895
Artículo 895 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se lleve a cabo un juicio laboral, la audiencia principal se va a realizar siguiendo las mismas reglas que el procedimiento normal o común, no un procedimiento especial. Si se trata de un procedimiento especial, se deben seguir las reglas de los capítulos XII y XVII de esta sección de la ley, pero solo en lo que aplique al caso. Las fracciones I, II, III y IV de este artículo ya no son válidas, porque fueron eliminadas desde 2019, así que no hay que tomarlas en cuenta.
Texto oficial
Artículo 895.- La audiencia de juicio se desahogará en los términos previstos para el procedimiento ordinario. Párrafo reformado DOF 01-05-2019 En los procedimientos especiales se observarán las disposiciones de los capítulos XII y XVII de este Título, en lo que sean aplicables. Párrafo adicionado DOF 01-05-2019 I. Se deroga. Fracción derogada DOF 01-05-2019 II. Se deroga. Fracción derogada DOF 01-05-2019 III. Se deroga. LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 364 de 457 Fracción derogada DOF 01-05-2019 IV. Se deroga. Fracción derogada DOF 01-05-2019 Artículo adicionado DOF 04-01-1980
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.