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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
897-D

Artículo 897-D de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez va a decidir el caso después de escuchar los argumentos y las pruebas que tú y la otra persona hayan presentado. Es como cuando un árbitro revisa lo que cada quién dice y muestra antes de dar su fallo. Su decisión se basa solo en lo que se haya puesto sobre la mesa durante el juicio, sin tomar en cuenta cosas externas.

Texto oficial

Artículo 897-D.- El juez dictará su resolución tomando en cuenta los alegatos y pruebas aportadas por las partes. Artículo adicionado DOF 01-05-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 365) ↗

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