- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 897-D
Artículo 897-D de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El juez va a decidir el caso después de escuchar los argumentos y las pruebas que tú y la otra persona hayan presentado. Es como cuando un árbitro revisa lo que cada quién dice y muestra antes de dar su fallo. Su decisión se basa solo en lo que se haya puesto sobre la mesa durante el juicio, sin tomar en cuenta cosas externas.
Texto oficial
Artículo 897-D.- El juez dictará su resolución tomando en cuenta los alegatos y pruebas aportadas por las partes. Artículo adicionado DOF 01-05-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.