- Ley
- LEY Federal del Trabajo
- Artículo
- 954
Artículo 954 de la LEY Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Actuario (que es la persona encargada de calcular y fijar los montos en un juicio laboral) va a decidir qué cosas de las que te deben te pueden quitar para pagarte, pero primero va a escuchar lo que tú y la otra persona digan. De entre todos los bienes disponibles, el Actuario debe elegir los que sean más fáciles de vender o convertir en dinero, para que el cobro sea más rápido. Esto significa que, por ejemplo, si hay cosas como un coche o una casa, probablemente escoja el coche porque se vende más sencillo que una propiedad. La idea es que no te atasques con bienes difíciles de realizar y puedas recuperar lo que te deben pronto.
Texto oficial
Artículo 954.- El Actuario, tomando en consideración lo que expongan las partes, determinará los bienes que deban ser objeto del embargo, prefiriendo los que sean de más fácil realización. Artículo adicionado DOF 04-01-1980 LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 386 de 457
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