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Artículo 74 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si un trabajador es expulsado de su sindicato porque se portó mal o no apoyó a sus compañeros, pierde automáticamente todos los derechos que la ley le da como miembro del sindicato. Pero esa expulsión solo puede hacerse si la mayoría de los miembros del sindicato la aprueba, o si dos de cada tres delegados en un congreso sindical están de acuerdo. Además, antes de que lo echen, el trabajador tiene derecho a defenderse, y el tema debe estar anunciado desde antes en el orden del día de la reunión.

Texto oficial

Artículo 74.- Los trabajadores que por su conducta o falta de solidaridad fueren expulsados de un sindicato, perderán por ese solo hecho todos los derechos sindicales que esta ley concede. La expulsión sólo podrá votarse por la mayoría de los miembros del sindicato respectivo o con la aprobación de las LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 19 de 60 dos terceras partes de los delegados sindicales a sus congresos o convenciones nacionales y previa defensa del acusado. La expulsión deberá ser comprendida en la orden del día.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.