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Artículo 76 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 76 prohíbe que el gobierno acepte una cláusula de exclusión. Esto quiere decir que no puede firmar contratos o acuerdos donde una persona sea despedida o expulsada por no pertenecer a cierto sindicato o grupo. En México, esta práctica está totalmente prohibida para proteger tu derecho a trabajar sin que te obliguen a unirte a una organización. Así que nadie puede condicionar tu empleo a que estés o no en un sindicato.

Texto oficial

Artículo 76.- El Estado no podrá aceptar, en ningún caso, la cláusula de exclusión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.