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Artículo 80 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La directiva del sindicato (es decir, los dirigentes que lo representan) es responsable ante el propio sindicato y ante otras personas o empresas, igual que lo es un apoderado o representante legal según las reglas generales. Esto significa que, si actúan mal o no cumplen con su trabajo, pueden tener que pagar por los daños que causen. En palabras más simples, los líderes del sindicato responden como cualquier persona que maneja asuntos ajenos.

Texto oficial

Artículo 80.- La directiva del sindicato será responsable ante éste y respecto de terceras personas en los mismos términos que lo son los mandatarios en el derecho común.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.