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Artículo 82 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo explica que un sindicato puede desaparecer o terminar de dos maneras. La primera es si así lo deciden sus propios miembros, pero se necesita que al menos dos de cada tres personas que forman parte del sindicato voten a favor de disolverlo. La segunda es si el sindicato ya no cumple con los requisitos que marca el Artículo 71, como tener el número mínimo de miembros o estar registrado correctamente. En pocas palabras, el sindicato se acaba por una votación muy mayoritaria de sus integrantes o por ya no cumplir con las reglas básicas que la ley pide para existir.

Texto oficial

Artículo 82.- Los sindicatos se disolverán: I.- Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integren y II.- Porque dejen de reunir los requisitos señalados por el Artículo 71. LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 20 de 60

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.