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Ley
LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Artículo
90

Artículo 90 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 90 dice que las condiciones generales de trabajo (como los horarios, sueldos o prestaciones que aplican para todos los empleados de una empresa) empiezan a ser válidas desde el día en que se entregan oficialmente en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que es como un juzgado especial para asuntos laborales. Es decir, no importa si se acordaron antes: solo cuentan desde que se registran ahí. Esto sirve para que tanto la empresa como los trabajadores tengan claro desde cuándo aplican esas reglas.

Texto oficial

Artículo 90.- Las condiciones generales de trabajo surtirán efectos a partir de la fecha de su depósito en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Ver texto oficial de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional (pág. 20) ↗

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