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Artículo 20 de la LEY Federal de Zonas Económicas Especiales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría puede darte un Permiso por hasta 40 años. Para decidir si te lo da, va a tomar en cuenta cosas como: la infraestructura que ya exista, cuánto dinero necesitas invertir, si hay gente capacitada para trabajar en la zona, cómo está conectada la zona con otras partes, lo que se hace en zonas similares en otros países, y si el proyecto es financieramente viable a largo plazo. Además, ese Permiso se puede renovar por otro periodo igual (otros 40 años como máximo), siempre y cuando hayas cumplido con todas tus obligaciones, incluyendo los estándares de los servicios que tengas que dar. También se van a volver a revisar los mismos criterios que te mencioné.

Texto oficial

Artículo 20. La Secretaría podrá otorgar los Permisos hasta por un plazo de 40 años, tomando en cuenta, cuando menos, la infraestructura existente; los montos de inversión que se requieran por parte del Administrador Integral para el cumplimiento de los objetivos de la Zona; la existencia de mano de obra calificada en el Área de Influencia; la conectividad de la Zona; la práctica internacional en zonas económicas que sean comparables, y su viabilidad financiera a largo plazo. Los Permisos podrán ser prorrogados hasta por otro período igual al señalado originalmente, siempre y cuando el Administrador Integral haya cumplido con sus obligaciones establecidas en el Permiso, incluyendo el cumplimiento de los estándares de los Servicios Asociados, así como se consideren los criterios señalados en el párrafo anterior. LEY FEDERAL DE ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 14 de 30

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

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