Artículo 38 de la LEY Federal de Zonas Económicas Especiales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una reunión de la Comisión Intersecretarial sea válida, deben estar presentes más de la mitad de sus miembros, incluyendo al Presidente o a su suplente. Las decisiones se toman por mayoría de votos de los que están ahí, y si hay empate, el Presidente (o su suplente) tiene un voto extra para romperlo. La Comisión puede invitar a personas de empresas o grupos sociales, o expertos, pero solo para que den su opinión, sin derecho a votar. Si se habla de una Zona específica, deben escuchar la opinión de los representantes del Consejo Técnico de esa Zona, o si ese Consejo no existe, de otros representantes de esos sectores. Las reglas para organizar y operar esta Comisión se establecerán en el Reglamento de esta Ley.
Texto oficial
Artículo 38. La Comisión Intersecretarial sesionará válidamente con la asistencia de la mayoría de sus miembros, siempre que se encuentre su Presidente o su suplente, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, teniendo su Presidente o su suplente voto de calidad en caso de empate. La Comisión Intersecretarial podrá tener como invitados en las sesiones, con voz pero sin voto, a representantes de los sectores privado o social, expertos en las materias relacionadas con la presente Ley. En las sesiones en que se discutan asuntos correspondientes a una Zona en particular, se deberá tomar en cuenta la opinión de los representantes del Consejo Técnico de la misma o, en caso de que no se haya constituido el mismo, con representantes de dichos sectores. Las bases de organización y funcionamiento de la Comisión Intersecretarial se determinarán en el Reglamento de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.