Artículo 107 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las relaciones de trabajo entre el Archivo General y sus empleados se rigen por las reglas del Apartado B del artículo 123 de la Constitución, que es la ley que aplica a trabajadores del gobierno. También deben cumplir con otras leyes laborales que les correspondan. Esto significa que no se aplican las mismas reglas que para empresas privadas, sino las especiales para burócratas o empleados públicos.
Texto oficial
Artículo 107. Las relaciones laborales entre el Archivo General y sus trabajadores deben sujetarse a lo dispuesto en el Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.