Artículo 110 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El grupo que toma las decisiones importantes en este tema está formado por un representante de cada una de estas dependencias: Secretaría de Gobernación (quien será el jefe del grupo), Hacienda, Educación Pública, Relaciones Exteriores, Cultura, Función Pública y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Los miembros que asistan deben tener un puesto de subsecretario o algo similar, y cada uno debe tener un suplente con nivel de director general o equivalente. El jefe del grupo o cualquier miembro puede invitar a otras personas de instituciones públicas o privadas a las juntas, pero solo para opinar, sin derecho a votar. Nadie en el grupo recibe pago extra por participar en estas sesiones.
Texto oficial
Artículo 110. El Órgano de Gobierno estará integrado por un miembro de las siguientes instancias: I. La Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá; II. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público; LEY GENERAL DE ARCHIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 34 de 43 III. La Secretaría de Educación Pública; IV. La Secretaría de Relaciones Exteriores; V. La Secretaría de Cultura; VI. La Secretaría de la Función Pública, y VII. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Los integrantes del Órgano de Gobierno deberán tener, por lo menos, nivel de Subsecretario o su equivalente. Por cada miembro propietario habrá un suplente que deberá tener nivel, por lo menos, de director general o su equivalente. El presidente o a propuesta de alguno de los integrantes del Órgano de Gobierno, podrá invitar a las sesiones a representantes de todo tipo de instituciones públicas o privadas, quienes intervendrán con voz pero sin voto. Los integrantes del Órgano de Gobierno, no obtendrán remuneración, compensación o emolumento por su participación. CAPÍTULO III DEL DIRECTOR GENERAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.