Artículo 111 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Director General del Archivo General lo elige el Presidente de la República, pero para serlo se necesita cumplir varios requisitos: ser mexicano de nacimiento, tener preferentemente un doctorado o al menos 5 años de experiencia en archivos, no tener antecedentes penales por delitos graves, tener mínimo 30 años de edad, y no ser familiar cercano de los miembros del Órgano de Gobierno. Tampoco puede haber sido funcionario de alto nivel (como Secretario de Estado, senador, diputado o gobernador) durante el año anterior a su nombramiento. Además, mientras sea Director General no puede tener otro trabajo, solo puede dar clases o hacer labores de ciencia o beneficencia si no afectan su horario y responsabilidades.
Texto oficial
Artículo 111. El Director General será nombrado por el Presidente de la República y deberá cubrir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento; II. Poseer, al día de la designación, preferentemente el grado académico de doctor en ciencias sociales o humanidades, expedido por autoridad o institución facultada para ello, o bien, contar con experiencia mínima de cinco años en materia archivística; III. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso; IV. Tener cuando menos treinta años de edad al día de la designación; V. No ser cónyuge, ni tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil con cualquiera de los miembros del Órgano de Gobierno, y VI. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Senador, Diputado Federal o Local, dirigente de un partido o agrupación política, Gobernador de algún estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo al día de su nombramiento. Durante su gestión, el Director General no podrá desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos que puede desempeñar en las instituciones docentes, científicas o de beneficencia, siempre que sean compatibles con sus horarios, responsabilidades y actividades dentro del Archivo General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.