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Ley
LEY General de Archivos
Artículo
120

Artículo 120 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de cada estado de la República deben crear sus propias leyes para castigar a quienes no cumplan con esta ley de archivos. Esas leyes locales definirán qué se considera una falta, cómo se va a investigar y qué autoridades se encargarán de aplicar los castigos. Todo esto aplica cuando alguien no respete las reglas que ya están establecidas sobre el manejo de documentos públicos. En pocas palabras, cada estado tiene la obligación de poner sus propias reglas para sancionar los incumplimientos.

Texto oficial

Artículo 120. Los congresos locales emitirán las disposiciones que establezcan las infracciones, procedimientos y órganos competentes que conocerán del incumplimiento de esta Ley. TÍTULO SEGUNDO DE LOS DELITOS CONTRA LOS ARCHIVOS

Ver texto oficial de la LEY General de Archivos (pág. 37) ↗

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