Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGA/41
Ley
LEY General de Archivos
Artículo
41

Artículo 41 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para manejar documentos electrónicos, no solo debes seguir los procesos que ya dice el artículo 12 de esta ley, sino también considerar cómo agregarlos, quién puede verlos, mantenerlos seguros, guardarlos, usarlos y saber quién los ha consultado. En otras palabras, tienes que controlar todo el recorrido del documento digital.

Texto oficial

Artículo 41. Además de los procesos de gestión previstos en el artículo 12 de esta Ley, se deberá contemplar para la gestión documental electrónica la incorporación, asignación de acceso, seguridad, almacenamiento, uso y trazabilidad.

Ver texto oficial de la LEY General de Archivos (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 41 de la LEY General de Archivos, explicado | Precedente Legal