Artículo 57 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Nacional y los consejos locales van a crear reglas claras para decidir qué hacer con los documentos que generan las instituciones públicas. Estas reglas servirán para revisar los papeles, ver cuáles son importantes y cuáles ya no sirven, y así decidir si se guardan o se tiran. Esto aplica a todos los documentos que se produzcan en el trabajo diario de esas instituciones. La idea es que haya un proceso ordenado para no acumular cosas inservibles y proteger la información valiosa.
Texto oficial
Artículo 57. El Consejo Nacional y los consejos locales establecerán lineamientos para analizar, valorar y decidir la disposición documental de las series documentales producidas por los sujetos obligados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.