Artículo 62 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias y entidades públicas pueden guardar sus documentos electrónicos en la nube, como Google Drive o iCloud, siempre que el servicio cumpla ciertos requisitos. Necesitan que el contrato especifique cómo se manejarán los documentos y quién es responsable de los sistemas. Además, la nube debe tener medidas muy estrictas de seguridad y privacidad, siguiendo tanto las leyes mexicanas como estándares internacionales. También es obligatorio que el gobierno sepa dónde están guardados los datos en los servidores y que solo personal autorizado pueda acceder a ellos. Finalmente, el sistema debe permitir que la información se conecte con otras plataformas del gobierno y reflejar fielmente sus reglas de organización de archivos.
Texto oficial
Artículo 62. Los sujetos obligados podrán gestionar los documentos de archivo electrónicos en un servicio de nube. El servicio de nube deberá permitir: I. Establecer las condiciones de uso concretas en cuanto a la gestión de los documentos y responsabilidad sobre los sistemas; II. Establecer altos controles de seguridad y privacidad de la información conforme a la normatividad mexicana aplicable y los estándares internacionales; III. Conocer la ubicación de los servidores y de la información; IV. Establecer las condiciones de uso de la información de acuerdo con la normativa vigente; V. Utilizar infraestructura de uso y acceso privado, bajo el control de personal autorizado; VI. Custodiar la información sensible y mitigar los riesgos de seguridad mediante políticas de seguridad de la información; VII. Establecer el uso de estándares y de adaptación a normas de calidad para gestionar los documentos de archivo electrónicos; VIII. Posibilitar la interoperabilidad con aplicaciones y sistemas internos, intranets, portales electrónicos y otras redes, y IX. Reflejar en el sistema, de manera coherente y auditable, la política de gestión documental de los sujetos obligados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.