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Artículo 91 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Relaciones Exteriores, junto con otras autoridades, es la que se encarga de recuperar documentos o bienes importantes para la historia del país que hayan sido sacados de México sin permiso o que estén en el extranjero de manera ilegal. Si algo valioso se fue o se queda fuera del país sin autorización, ellos lo gestionan para traerlo de vuelta.

Texto oficial

Artículo 91. La Secretaría de Relaciones Exteriores, en coordinación con las autoridades competentes, será la encargada de gestionar la restitución del bien o los bienes considerados patrimonio documental de la Nación que ilegalmente salgan o permanezcan fuera del país.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.