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Artículo 93 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Archivo General puede ponerse de acuerdo con autoridades federales, estatales, municipales o de las alcaldías de la CDMX para proteger los archivos de alguna región del país. Esto aplica cuando esos documentos corran peligro o ya hayan sido dañados por desastres naturales (como temblores o inundaciones) o por otras causas que puedan arruinarlos o destruirlos. La idea es que trabajen juntos para salvar la información histórica que está en riesgo.

Texto oficial

Artículo 93. El Archivo General podrá coordinarse con las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y las alcaldías de la Ciudad de México, para la realización de las acciones conducentes a la conservación de los archivos, cuando la documentación o actividad archivística de alguna región del país esté en peligro o haya resultado afectada por fenómenos naturales o cualquiera de otra índole, que pudieran dañarlos o destruirlos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.