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Artículo 110 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que, si un servidor público o un particular comete una falta administrativa, además de recibir un castigo por parte del gobierno (como una multa o suspensión), todavía puede ser demandado por daños (responsabilidad civil) o incluso ir a la cárcel si cometió un delito (responsabilidad penal). En otras palabras, el castigo administrativo no lo salva de las otras consecuencias legales. Además, si las autoridades se dan cuenta de que los hechos pueden ser un delito, tienen la obligación de ir al Ministerio Público a denunciarlo. No solo eso, deben ayudar en la investigación y entregar todas las pruebas que tengan para que el asunto se aclare.

Texto oficial

Artículo 110. Las sanciones administrativas señaladas en esta Ley, tanto para servidores públicos como para particulares, son aplicables sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal de quienes incurran en ellas. En caso de que existan hechos que pudieran ser constitutivos de algún delito, las autoridades estarán obligadas a realizar la denuncia penal correspondiente, coadyuvando en la investigación y aportando todos los elementos probatorios con los que cuente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.