Artículo 16 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las niñas, niños y adolescentes que estudien en escuelas de educación básica (kínder, primaria y secundaria) tienen derecho a recibir comida gratis o muy barata en la escuela, dependiendo de qué tan vulnerables sean sus familias y de la situación económica de la zona donde viven. Para que esto se cumpla, el gobierno mexicano debe asegurarse de que en las escuelas con más pobreza, marginación, desnutrición o falta de comida, los estudiantes tengan acceso a alimentos adecuados. Las escuelas que den comida o raciones deben seguir las reglas oficiales sobre qué se puede vender o dar de comer y beber en los planteles. Para medir los niveles de pobreza, marginación, desnutrición o falta de comida, se usarán los informes del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
Texto oficial
Artículo 16. Las niñas, niños y adolescentes que cursan la educación básica tienen derecho a recibir alimentación adecuada en los establecimientos escolares, de forma gratuita o a precios asequibles para sus familias, de acuerdo con sus condiciones de vulnerabilidad y tomando en cuenta la situación económica de la zona geográfica en la que se encuentren. Para el cumplimiento de lo anterior, el Estado mexicano, a través de las autoridades competentes deberán promover el derecho a la alimentación adecuada para las y los alumnos en cuyas escuelas existan elevados índices de pobreza, marginación, desnutrición o inseguridad alimentaria. Las escuelas de educación inicial y básica que otorguen una provisión de alimentos o raciones al interior de las instituciones educativas deberán apegarse a los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica y criterios que para tales efectos emitan las autoridades competentes. Para determinar el índice de pobreza, marginación, desnutrición o inseguridad alimentaria, se estará a los informes y publicaciones que emita el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.