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Ley
LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Artículo
60

Artículo 60 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Intersectorial Nacional es un grupo de personas que se encarga de discutir y coordinar políticas públicas sobre un tema en específico. Este Consejo será presidido directamente por el Presidente o Presidenta de México, aunque él o ella puede encargarle esa responsabilidad a la Dirección del SINSAMAC. Los miembros del Consejo no reciben ningún pago por su participación, es decir, trabajan de manera voluntaria y sin sueldo. Sus puestos son honoríficos, lo que significa que no les pagan por estar ahí.

Texto oficial

Artículo 60. El Consejo Intersectorial Nacional será presidido directamente por la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, quien podrá delegar esta función en la Dirección del SINSAMAC, y se integrará con el fin de asegurar la discusión y atención transversal de políticas públicas en la materia. Los cargos de las personas que lo integran son honoríficos, por lo que los integrantes no tendrán derecho a remuneración alguna por las funciones que desempeñen en dicho Consejo.

Ver texto oficial de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible (pág. 17) ↗

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