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Ley
LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Artículo
81

Artículo 81 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretariado Técnico del Consejo Intersectorial Nacional revisará si hay errores o datos raros en el registro de los Comités de Alimentación. Si encuentra algo mal, se lo hará saber a los Consejos Intersectoriales Municipales o de las Demarcaciones Territoriales para que ellos lo arreglen. Es como un chequeo de calidad para asegurarse de que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 81. El Secretariado Técnico del Consejo Intersectorial Nacional verificará posibles inconsistencias en el registro de los Comités de Alimentación y notificará de las mismas a los Consejos Intersectoriales Municipales o de las Demarcaciones Territoriales.

Ver texto oficial de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible (pág. 23) ↗

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