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Artículo 82 de la LEY General de la Alimentación Adecuada y Sostenible

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Comités de Alimentación tienen tres tareas principales: 1. Primero, pueden detectar problemas y oportunidades sobre cómo se come en tu comunidad, hacer planes para mejorar y revisar si esos planes están funcionando bien. Para esto, pueden pedir ayuda a otros comités, al gobierno de tu municipio, estado o país, o a grupos de ciudadanos. 2. Segundo, pueden vigilar que las autoridades locales (como el ayuntamiento) no hagan nada que afecte tu derecho a tener una alimentación adecuada, ni dejen de hacer algo que deban hacer. 3. Tercero, tienen cualquier otra función que les dé esta ley.

Texto oficial

Artículo 82. Son facultades de los Comités de Alimentación: LEY GENERAL DE LA ALIMENTACIÓN ADECUADA Y SOSTENIBLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 17-04-2024 24 de 32 I. Diagnosticar problemas y oportunidades, planear y ejecutar acciones organizadas, así como realizar el monitoreo y evaluación de estas para la mejora continua del ejercicio del derecho a la alimentación adecuada de sus miembros o de terceros. En esta tarea podrán coordinarse con otros Comités, con los Consejos Intersectorial Municipal o de Demarcación Territorial, Estatal o el Nacional, así como con la sociedad civil en general o con las diversas autoridades municipales, estatales o federales; II. Vigilar las acciones u omisiones de las autoridades municipales o de las demarcaciones territoriales, que afecten el ejercicio del derecho a la alimentación adecuada de sus miembros o de terceros, y III. Las demás establecidas en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.