Artículo 117 de la LEY General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una autoridad te da recomendaciones por una ley y no las sigues, la Secretaría puede hacer público que no las cumpliste. También puede aplicar las sanciones que ya se hayan acordado en los contratos o acuerdos que firmaste, siempre que estén basadas en lo que dice la ley. En pocas palabras, si no haces caso, pueden exhibirte y castigarte según lo pactado.
Texto oficial
Artículo 117. En el supuesto de que no se atiendan las recomendaciones a que se refiere esta Ley, la Secretaría podrá hacer del conocimiento público su incumplimiento y, en su caso, aplicar las medidas correctivas que se hayan establecido en los convenios o acuerdos respectivos y que se deriven de las disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.