- Ley
- LEY General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la LEY General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Nacional toma decisiones, y esas decisiones se tienen que publicar en el Diario Oficial de la Federación (que es como el periódico oficial del gobierno donde se anuncian las leyes y acuerdos importantes). Una vez publicadas, cada parte del gobierno que forma parte del Consejo tiene que cumplirlas según lo que le toca hacer por ley. En pocas palabras, todo lo que acuerde este Consejo se hace público y cada quien debe seguirlo de acuerdo a sus responsabilidades.
Texto oficial
Artículo 18. Los acuerdos del Consejo Nacional se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y se ejecutarán de conformidad con las atribuciones que la ley establece a las distintas instancias que lo integran. Capítulo Segundo Consejos Locales y Municipales de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.