Artículo 58 de la LEY General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando una víctima llega a un refugio, los doctores, psicólogos y abogados del lugar van a revisar cómo está su salud física, mental y su situación legal. Así pueden saber qué tipo de ayuda necesita cada persona. Esto sirve para darle la atención más adecuada según su caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 58.- Para efectos del artículo anterior, el personal médico, psicológico y jurídico del refugio evaluará la condición de las víctimas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.