Artículo 16 de la LEY General de Aguas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Normas Oficiales Mexicanas y las reglas técnicas de cada estado deben tener medidas claras y al día para que todas las personas tengan acceso a servicios de saneamiento, como drenaje y tratamiento de aguas, como un derecho básico. Todo esto debe cumplir con lo que marcan los acuerdos internacionales sobre el tema. En otras palabras, el gobierno tiene que asegurarse de que las reglas de saneamiento estén actualizadas y sean justas para todos.
Texto oficial
Artículo 16. Las Normas Oficiales Mexicanas y las disposiciones técnicas locales establecerán regulaciones adecuadas y actualizadas para garantizar el derecho humano al saneamiento, de acuerdo con los estándares internacionales de referencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.