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Ley
LEY General de Aguas
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY General de Aguas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de México (Federación), los gobiernos de los estados (entidades federativas) y los municipios tienen la obligación de planear, cuidar y administrar bien el agua que es propiedad de todos los mexicanos. Para hacerlo, deben trabajar con las instituciones y los sistemas comunitarios que se encargan del agua y el saneamiento en cada localidad. Todo esto lo tienen que hacer siguiendo las reglas que marca esta ley. En otras palabras, los tres niveles de gobierno deben asegurarse de que el agua se use y se maneje de manera responsable, siempre pensando en el beneficio de la gente.

Texto oficial

Artículo 24. La Federación, las entidades federativas y los municipios son responsables de la planeación, buen manejo y administración de los recursos hídricos propiedad de la Nación, por medio de las instituciones y sistemas comunitarios de agua y saneamiento, acorde con lo establecido en la presente Ley. Capítulo Segundo Facultades de la Federación en materia de garantía del derecho humano al agua

Ver texto oficial de la LEY General de Aguas (pág. 8) ↗

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