Artículo 5 de la LEY General de Aguas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que toda persona en México tiene derecho al agua, como lo marca la Constitución y los acuerdos internacionales que el país haya firmado. Todas las autoridades, como los gobiernos y dependencias, tienen la obligación de hacer valer ese derecho, protegerlo y evitar que se viole. Además, si alguien atenta contra ese derecho, el Estado debe investigar lo que pasó, castigar al responsable y reparar el daño de manera rápida y completa. En pocas palabras, el agua es un derecho que el gobierno debe cuidar y garantizar para todos.
Texto oficial
Artículo 5. Toda persona gozará del derecho humano al agua conforme a lo establecido en la Constitución y a los tratados e instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano al agua. LEY GENERAL DE AGUAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 11-12-2025 4 de 15 El Estado mexicano deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones al derecho humano de acceso al agua en términos de las disposiciones legales aplicables, promoviendo que la reparación sea integral, pronta y expedita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.