Artículo 24 de la LEY General de Bibliotecas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura es la que organiza y coordina todo lo que hace el Sistema, pero sin meterse en cómo funciona cada biblioteca por separado, respetando que cada una tiene su propia forma de trabajar y sus reglas. También le toca a esta Secretaría poner las reglas para que las bibliotecas colaboren entre sí, compartan información y sigan los mismos pasos para operar. O sea, ella se encarga de que todo el Sistema funcione ordenado, sin imponerles nada a las bibliotecas.
Texto oficial
Artículo 24. Corresponde a la Secretaría de Cultura la responsabilidad de convocar y coordinar los trabajos del Sistema con pleno respeto a la autonomía, naturaleza jurídica y vocación de las bibliotecas, así como establecer las bases de cooperación, los protocolos para el intercambio de información y las reglas de operación del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.