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Artículo 25 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El sistema busca juntar los esfuerzos de todas las bibliotecas públicas, privadas y sociales para organizar la información en libros impresos y digitales, ayudando así a la educación, investigación y cultura. También quiere mejorar la forma en que se usan las bibliotecas, enfocándose en que tú puedas acceder y entender mejor las computadoras y la tecnología que tienen. Además, apoya a la Red de Bibliotecas para que use bien los recursos tecnológicos de información y comunicación. Para lograr todo esto, la Red podrá pedir ayuda a empresas u organismos públicos y privados que sean especialistas en tecnología y tengan los permisos necesarios para manejar publicaciones digitales.

Texto oficial

Artículo 25. El Sistema tendrá como propósitos: I. Articular los esfuerzos nacionales de las bibliotecas del sector público y de los sectores social y privado a través de la concertación, a fin de integrar y ordenar la información bibliográfica, impresa y digital, disponible en apoyo a las labores educativas, de investigación y cultura en general; II. Consolidar la innovación educativa y renovar las prácticas bibliotecarias en los procesos académico y cultural, enfocándose en el acceso, comprensión y utilización de recursos informáticos y tecnológicos con los que cuenten las bibliotecas públicas, y III. Apoyar a la Red en el desarrollo y uso adecuado de recursos informáticos, tecnológicos y desarrollo de tecnologías de la información y comunicación. Para dar cumplimiento a su objeto y obtener un uso adecuado de los recursos informáticos y tecnológicos, la Red Institucional de Bibliotecas Públicas se auxiliará de todos aquellos organismos y entidades públicas y privadas especializados en el desarrollo de tecnologías de la información y comunicación que cuenten con los permisos correspondientes en materia de publicaciones digitales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.