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Ley
LEY General de Bibliotecas
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sistema busca juntar los esfuerzos de todas las bibliotecas públicas, privadas y sociales para organizar la información en libros impresos y digitales, ayudando así a la educación, investigación y cultura. También quiere mejorar la forma en que se usan las bibliotecas, enfocándose en que tú puedas acceder y entender mejor las computadoras y la tecnología que tienen. Además, apoya a la Red de Bibliotecas para que use bien los recursos tecnológicos de información y comunicación. Para lograr todo esto, la Red podrá pedir ayuda a empresas u organismos públicos y privados que sean especialistas en tecnología y tengan los permisos necesarios para manejar publicaciones digitales.

Texto oficial

Artículo 25. El Sistema tendrá como propósitos: I. Articular los esfuerzos nacionales de las bibliotecas del sector público y de los sectores social y privado a través de la concertación, a fin de integrar y ordenar la información bibliográfica, impresa y digital, disponible en apoyo a las labores educativas, de investigación y cultura en general; II. Consolidar la innovación educativa y renovar las prácticas bibliotecarias en los procesos académico y cultural, enfocándose en el acceso, comprensión y utilización de recursos informáticos y tecnológicos con los que cuenten las bibliotecas públicas, y III. Apoyar a la Red en el desarrollo y uso adecuado de recursos informáticos, tecnológicos y desarrollo de tecnologías de la información y comunicación. Para dar cumplimiento a su objeto y obtener un uso adecuado de los recursos informáticos y tecnológicos, la Red Institucional de Bibliotecas Públicas se auxiliará de todos aquellos organismos y entidades públicas y privadas especializados en el desarrollo de tecnologías de la información y comunicación que cuenten con los permisos correspondientes en materia de publicaciones digitales.

Ver texto oficial de la LEY General de Bibliotecas (pág. 8) ↗

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