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Artículo 31 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Como usuario de una biblioteca, tienes derecho a que te traten con respeto y dignidad. También puedes pedir ayuda al personal para encontrar la información que necesitas. Nadie en la biblioteca te puede discriminar por tus ideas o por lo que estás buscando. Además, la biblioteca debe cuidar y mantener las tradiciones orales, como historias o canciones, de tu comunidad.

Texto oficial

Artículo 31. El usuario de la biblioteca tiene derecho a: I. Recibir trato digno; II. Ser asesorado sobre la información que busca; III. Que el personal destinado a la operación de una biblioteca no lo discrimine sobre sus ideas y búsquedas, y LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 29-11-2023 10 de 13 IV. Que la biblioteca pública conserve el patrimonio cultural oral de su comunidad. CAPÍTULO IX Descarte

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.