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Artículo 102 de la LEY General de Bienes Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es quien decide las reglas técnicas para construir, arreglar, mantener y usar edificios del gobierno federal que sirven como oficinas, puertos fronterizos, bodegas y almacenes. Esas reglas aplican solo a esos inmuebles. No aplican a obras militares ni a trabajos relacionados con la seguridad nacional. En palabras sencillas: el gobierno pone las reglas para sus propios edificios de oficinas y almacenes, pero las fuerzas armadas se manejan aparte.

Texto oficial

ARTÍCULO 102.- La Secretaría determinará las normas y criterios técnicos para la construcción, reconstrucción, adaptación, conservación, mantenimiento y aprovechamiento de los inmuebles federales que haya destinado para ser utilizados como oficinas administrativas, puertos fronterizos, bodegas y almacenes. Estas normas y criterios no serán aplicables a las obras de ingeniería militar y a las que se realicen para la seguridad nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.