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Artículo 11 de la LEY General de Bienes Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica a todo lo que el gobierno federal haga con sus propiedades. Esto incluye comprar, usar, cuidar, vigilar, vender y dar mantenimiento a terrenos y edificios del gobierno, así como a los muebles (como escritorios o computadoras) que usan las oficinas de la Presidencia. También habla de quién es responsable de construir, arreglar, remodelar o demoler esos edificios del gobierno. Todo esto se hace cumpliendo además otras leyes específicas, como las que regulan las compras del gobierno o las obras de construcción.

Texto oficial

ARTÍCULO 11.- Quedan sujetos a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos: I.- Los actos de adquisición, administración, control, uso, vigilancia, protección jurídica, valuación y enajenación de inmuebles federales, así como de bienes muebles propiedad federal al servicio de las dependencias y las unidades administrativas de la Presidencia de la República, sin perjuicio de la aplicación en lo que corresponda, en el caso de los bienes muebles, de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y Fracción reformada DOF 20-05-2021 II.- La asignación de responsabilidades institucionales en cuanto a la realización de las obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en inmuebles federales, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 7 de 81

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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