Artículo 12 de la LEY General de Bienes Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno necesite proteger los bienes o recursos que le pertenecen a todo el país (como edificios públicos, dinero o propiedades), puede pedir ayuda oficialmente a ciertas dependencias. Esas dependencias son la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina y la Consejería Jurídica. Si les hacen la solicitud de manera formal, están obligadas a dar el apoyo necesario para cuidar esos intereses de la nación. Básicamente, es una regla para que estas oficinas trabajen juntas y protejan lo que es de todos los mexicanos.
Texto oficial
ARTÍCULO 12.- Las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina, así como la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, prestarán el auxilio necesario cuando formalmente se les requiera, con el fin de salvaguardar los intereses patrimoniales de la Nación. Artículo reformado DOF 20-05-2021
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.