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Artículo 12 de la LEY General de Bienes Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno necesite proteger los bienes o recursos que le pertenecen a todo el país (como edificios públicos, dinero o propiedades), puede pedir ayuda oficialmente a ciertas dependencias. Esas dependencias son la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina y la Consejería Jurídica. Si les hacen la solicitud de manera formal, están obligadas a dar el apoyo necesario para cuidar esos intereses de la nación. Básicamente, es una regla para que estas oficinas trabajen juntas y protejan lo que es de todos los mexicanos.

Texto oficial

ARTÍCULO 12.- Las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina, así como la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, prestarán el auxilio necesario cuando formalmente se les requiera, con el fin de salvaguardar los intereses patrimoniales de la Nación. Artículo reformado DOF 20-05-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.