Artículo 111 de la LEY General de Bienes Nacionales
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 111 dice que cuando una autoridad te tenga que avisar oficialmente algo (como una multa o un trámite), debe hacerlo siguiendo las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Esa ley explica cómo y cuándo te deben llegar esos avisos, como por correo, en persona o en un periódico oficial. En pocas palabras, no pueden notificarte de cualquier modo, sino que tienen que cumplir con un proceso ya establecido para que sea válido.
Texto oficial
ARTÍCULO 111.- Las notificaciones se harán conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.