Artículo 26 de la LEY General de Bienes Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 26 habla sobre un sistema del gobierno federal mexicano que organiza cómo se manejan todos los terrenos y edificios que son propiedad del país o de sus empresas. El objetivo principal es que esos inmuebles se usen de la manera más útil y eficiente posible, siempre pensando en mejorar los servicios públicos. También busca que todos esos terrenos y construcciones tengan papeles en regla para evitar problemas legales. Por último, quiere asegurarse de que el dinero que se gasta en comprar, cuidar y mantener estos inmuebles se use de forma adecuada y sin desperdicios.
Texto oficial
ARTÍCULO 26.- El Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal constituye un conjunto de políticas, criterios y mecanismos de coordinación de acciones tendientes a: I.- Lograr la administración eficaz y el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, en beneficio de los servicios públicos y funciones a cargo de la Administración Pública Federal; II.- Promover la seguridad jurídica del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, y III.- Coadyuvar a que los recursos presupuestarios destinados a la adquisición, administración, conservación y mantenimiento de los inmuebles necesarios para el funcionamiento de la Administración Pública Federal, sean aplicados con eficiencia y eficacia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.