Artículo 45 de la LEY General de Bienes Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se cancela un registro (por ejemplo, de una propiedad o un contrato), hay que anotar todos los datos necesarios para que quede clarísimo cuál registro se está cancelando y por qué motivos se cancela. Es como ponerle una nota detallada al expediente para que cualquier persona pueda entender de qué se trata. La ley pide que no haya confusiones: se debe especificar exactamente qué se borra y la razón exacta. Así se evitan problemas o malentendidos después.
Texto oficial
ARTÍCULO 45.- En la cancelación de las inscripciones se asentarán los datos necesarios a fin de que se conozca con toda exactitud cuál es la inscripción que se cancela y las causas por las que se hace la cancelación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.