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Ley
LEY General de Cambio Climático
Artículo
93

Artículo 93 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que si el gobierno da descuentos o beneficios en impuestos (estímulos fiscales), le va a dar prioridad a ciertas actividades que ayudan al medio ambiente. Por ejemplo, se van a apoyar proyectos que investiguen o usen equipos para evitar, reducir o controlar la contaminación, y que ahorren energía. También se incluye desarrollar energías limpias como la solar o eólica, y tecnologías que produzcan poquitas emisiones. En resumen, todo lo que sirva para adaptarse al cambio climático o para contaminar menos será considerado importante para recibir esos apoyos.

Texto oficial

Artículo 93. Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales que se establezcan conforme a la Ley de Ingresos de la Federación, las actividades relacionadas con: I. La investigación, incorporación o utilización de mecanismos, equipos y tecnologías que tengan por objeto evitar, reducir o controlar las emisiones; así como promover prácticas de eficiencia energética. II. La investigación e incorporación de sistemas de eficiencia energética; y desarrollo de energías renovables y tecnologías de bajas emisiones en carbono; III. En general, aquellas actividades relacionadas con la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones.

Ver texto oficial de la LEY General de Cambio Climático (pág. 41) ↗

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